Ficha n°126

Velásquez de Guzmán, Fernando


Título: Redención de Censo.
Ubicación: AHA., A4.10, T6-43, Oblaciones de Capellanías, Libro 1. Años 1701-1720.
Fecha: 16/09/1701.
Transcripción completa: "Don Fernando Velásquez de Guzmán, clérigo presbítero, capellán de Coro de esta Santa Iglesia y Maestro de Ceremonias en ella, Paresco ante Vmd. y digo: que en las casas de mi morada está CARGADO UN CENSO de quinientos pesos de principal, PERTENECIENTES A UNA CAPELLANIA que fundó el Secretario Esteban de la Fuente, y SON CAPELLANES LOS PADRES DEL CONVENTO DEL SEÑOR SANTO DOMINGO, como consta del instrumento que para ello se otorgó ante el Secretario Nicolás de Valenzuela, de cuya cantidad y réditos, hago oblación hasta el día de la fecha, corridos para redimir y quitar de las casas de mi morada dicha cantidad, y para ello
A Vmd. pido y suplico MANDE citar las partes interesadas y que se me dé recibo de dicha cantidad, y haga testimonio de dicha REDENCIÓN y CANCELE LA ESCRITURA, para que en todo tiempo conste estar redimida dicha cantidad y no me corras réditos desde el día de la fecha, en que recibiré bien y merced, con justicia que pido, &
Fernando Velásquez de Guzmán."

Después de vista esta petición, se decretó la siguiente:
"Vista por su merced, HUBO POR HECHA LA OBLACIÓN de los quinientos pesos que se refieren, y dése noticia a la parte del Convento de Señor Santo Domingo de esta ciudad, para que use de su derecho y en el ínterin los retenga en su poder el presente secretario. Así lo proveyó, mandó y rubricó.
[rúbrica] Ante mí
D. Pedro de Bárcena
Secretario."

"En la ciudad de Santiago de Guatemala, en veinte días del mes de Septiembre de este año de mil setecientos y uno, Yo el notario público hice notoria la petición de atrás y decreto a ella proveído, a Fray Antonio de San José, RELIGIOSO PROCURADOR DEL CONVENTO DE SEÑOR SANTO DOMINGO, de esta ciudad, en su persona, el cual habiéndolo oído y entendido dijo:
Que el patrón que al presente es de la capellanía que dicha petición contiene es Esteban de la Fuente, escribano de Su Majestad y Procurador de los del número de esta Real Audiencia, por los días de su vida. Y capellanes por los suyos, don Bernardo y don José de la Fuente, niños que ha criado el dicho Esteban de la Fuente, y después de ellos sucede en la propiedad de la dicha capellanía, y en el Patronato de ella, el dicho su Convento de Sr. Santo Domingo, quien sólo sirve ahora el ínterin de dicha Capellanía, y que en esta conformidad, sólo con el dicho Esteban de la Fuente se ha de entender el juicio de este negocio.
Y luego, incontinenti, el dicho fray Antonio de San José, como tal Procurador del dicho su Convento, RECIBIÓ, por ante mí dicho Notario, del Br. don Pedro de Bárcena, presbítero secretario de Cámara y Gobierno de su Señoría Ilustrísima y Reverendísima, el señor Obispo de este Obispado, DOCE PESOS de a ocho reales, de los réditos del dicho Principal, corridos hasta el día diez y seis del corriente mes y año, los cuales pasó a su poder en reales de plata, contados a su satisfacción, de que doy fe, y como contento y pagado de la dicha cantidad otorga de ella carta de pago y recibo, en forma, con las fuerzas, firmezas y requisitos necesarios en derecho; y lo firmó, siendo testigos Pedro Ventura de Escobar y Francisco de Lara, vecinos de esta ciudad.
fray Antonio de San José. (f) Sebastián Coello
Notario Público".
Autor: Rodolfo HERNANDEZ MENDEZ .