La actividad crediticia en el Reino de Guatemala: Los censos y la garantía agraria, 1581-1626.
- Autor(es):
- Rodolfo Hernández Méndez
- Fecha:
- Diciembre de 2008
- Texto íntegral:
1En el siglo XVI la obtención de préstamos para diversos usos tuvo una función destacada en la conformación de la economía de las sociedades americanas. Sabido es que las expediciones de conquista fueron financiadas parcialmente por medio del crédito. Muchos inmigrantes y funcionarios peninsulares que se trasladaron a América pudieron realizar su viaje por medio de la adquisición de dinero al crédito que les permitió cubrir su pasaje y llevar cierta cantidad de numerario que utilizaron para asentarse en las tierras invadidas.
Además, el comercio, la minería, la agricultura, la ganadería y el sector inmobiliario requirieron para sus actividades ciertas cantidades de dinero que obtuvieron prestadas. Por medio del dinero obtenido en préstamo se pudo hacer frente a muchas necesidades relacionadas con el consumo y gastos extraordinarios que surgieron por alguna enfermedad, una mal negocio realizado, el pago de una dote frente al matrimonio de una hija, o el ingreso de un miembro de la familia en la vida religiosa; satisfizo también el cumplimiento de ciertas necesidades espirituales para salvar el alma del infierno, tal como la fundación de dotaciones piadosas.2El crédito influyó en la estructuración de la problemática agraria de Guatemala. Los préstamos en dinero que muchas personas obtenían para diversos usos fueron garantizados con bienes raíces, especialmente las propiedades rurales. Durante el período colonial muchos labradores y dueños de tierras, grandes y pequeños, se endeudaron más allá de sus posibilidades de pago y perdieron sus propiedades, las cuales pasaron a manos de quienes les concedieron los préstamos. Los factores negativos y eventuales comunes de la agricultura, plagas y meteoros, contribuyeron en dichas pérdidas de propiedades agrarias, pues impidieron el desarrollo normal de las cosechas.
3A pesar de la importancia de este medio de financiamiento de las actividades económicas y sociales del Reino de Guatemala, no se han realizado investigaciones específicas sobre los diversos tipos de financiamiento y endeudamiento durante los tres siglos de dominio español, que den cuenta sobre las vicisitudes de la población en la lucha diaria por la sobrevivencia.
4Las diversas formas del crédito fueron las obligaciones, los juros y los censos. El censo consignativo ocupó un lugar privilegiado entre estas formas de crédito. Esta forma de préstamo era una relación contractual entre dos partes, una de ellas entregaba cierta cantidad de dinero en metálico y la otra se comprometía a pagar una renta anual con un interés fijo. La garantía que se daba en esta transacción eran bienes raíces de diversa índole. El plazo para pagar el principal era indefinido, con lo cual se trató de evitar caer en las prohibiciones legales del préstamo a usura1.
5Este censo se diferenciaba de los juros por la clase de deuda, pues para el censo la deuda era privada y para el juro era pública o con el Estado. La diferencia con la obligación era en el plazo de la imposición, pues en ésta el tiempo era menor a un año y en el censo era ilimitada, además de que la obligación estaba ligada a la prestación laboral y el censo a la “hipoteca” de bienes raíces2.
6Son muchos los aspectos que hay que desvelar para conocer y explicar las peculiaridades del crédito durante el período colonial de Centroamérica. Importa saber si los comerciantes y los eclesiásticos tuvieron la exclusividad en la concesión de préstamos; cuándo empezó esta actividad crediticia y cuáles fueron sus peculiaridades en los aspectos sociales, económicos y jurídicos; así como identificar los grupos sociales que más utilizaron este tipo de financiamiento. Estas pocas y limitadas interrogantes pueden mover a más de algún historiador interesado en conocer esta problemática sobre los préstamos, con lo cual coadyuvará a la ampliación del conocimiento histórico de Centroamérica colonial.
7En tal sentido, este pequeño trabajo es un avance de una incipiente investigación sobre la actividad crediticia y sus actores sociales, económicos y jurídicos. Resulta interesante saber que en la historiografía guatemalteca sobre Centroamérica existe una ausencia de estudios sobre el préstamo concedido por medio del censo consignativo, así como sobre los censos reservativo y enfitéutico, y otras formas de crédito. Los trabajos que aluden a ellos son escuetos, sin ninguna profundidad y muchas veces con ciertas inconsistencias históricas3. Hay otros trabajos recientes que hacen apreciaciones más amplias, desde diferentes ángulos temáticos, sobre las dinámicas de los censos. Tales son los casos de estudios sobre los dominicos y algunas unidades productivas4. El estudio de los censos tiene que ir obligadamente adosado al de las fundaciones piadosas, especialmente las capellanías, por cuanto estaban fundamentadas en donaciones de bienes, muebles e inmuebles, a las entidades locales de la Iglesia Católica (monasterios, cofradías y otras) y para obtener el beneficio en numerario era necesario imponer a censo los bienes raíces donados5, con lo que se garantizaba el cumplimiento de los deseos de los donantes. Por esta razón y en el transcurso del tiempo, las organizaciones religiosas se constituyeron en los principales agentes financieros en la época colonial.
Formas de crédito
8Los censos fueron un tipo de contratación que disimulaba el préstamo, bajo un contrato de venta, por medio del cual “se compraba y vendía el derecho a una pensión anual; esta pensión representaba, en realidad, el interés percibido.” Eran préstamos a largo plazo, a veces redimibles, anulables y vitalicios, también podían ser irredimibles y perpetuos6.
9En el Reino de Guatemala solamente se aplicaron los censos al quitar o redimibles, no existieron los perpetuos. El censo redimible era desconocido en el siglo XV y apareció “con las prácticas bancarias y agiotistas basadas en la circulación del numerario”, que se introdujeron en España durante el reinado de Carlos V. A partir de esa época, “los teólogos fray Tomás de Mercado y el doctor Martín de Azpilcueta” plantearon el problema de la legitimidad de dichas operaciones (las prácticas bancarias y agiotistas basadas en la circulación del numerario). En la última tercera parte del siglo XVI la práctica y uso de los censos se generalizó en toda España, lo mismo sucedió con los juros, que eran títulos de renta sobre la Real Hacienda. En ese tiempo “se llegó a acusar este tipo de inversiones de alejar a demasiada gente de la vida económica activa e incitarla a vivir de rentas7”.
10Las clases de censos están relacionados con los elementos reales: el censo consignativo tiene la característica de que se deriva de un capital; el censo enfitéutico se caracteriza por un inmueble entregado con dominio útil; el censo es reservativo cuando la garantía, dada por el censualista, se entrega con dominio pleno. En todos los casos el tiempo de la imposición era indefinido.
Censo Consignativo
11La forma más usada fue el censo consignativo el cual consistía en la entrega de una cantidad de dinero (préstamo) a la persona que pedía prestado, la cual se comprometía a dar una pensión anual (intereses). La persona que daba el dinero se le llamaba censualista y quien lo recibía y se obligaba al pago de la pensión era el censuario o censatario. La operación del préstamo quedaba garantizada por la imposición del censo sobre una garantía, que casi siempre era una propiedad inmueble que pertenecía a quien pedía prestado.
12El censo consignativo fue el resultado de algunas modificaciones hechas al censo que se usó en la Edad Media para el traspaso de bienes raíces. Para utilizarlo en la inversión de capital y obtener una renta sobre el mismo, se eliminó el requisito de realizar el traspaso de una propiedad del censualista al censatario. Como ya sabemos, mediante el censo consignativo el prestatario vendía al prestamista el derecho de recibir réditos anuales sobre una cantidad que éste le entregaba y que se imponía mediante un gravamen en una propiedad del prestatario, que también recibía el nombre de censo8. El prestatario tenía la obligación de pagar réditos o intereses anuales al prestamista y, en el caso de incumplimiento, este último tenía el derecho de confiscar la propiedad.
13Hasta 1534, la pensión del censo consignativo se podía establecer en frutos o en dinero, a pesar de que la legislación eclesiástica la establecía en dinero. El pago en frutos dio lugar a muchos abusos por parte del censualista, lo que movió a que las Cortes de Castilla, en 1528, impugnaran el pago de una fanega de trigo como rédito. En Castilla, antes de 1534, el monto de la pensión la fijaba el censualista dentro de un rango del 10% y el 16.67% (entre 10,000 y 6,000 maravedís al millar, respectivamente) En aquel año se legisló sobre que las pensiones de los censos al quitar fueran pagadas solamente en dinero y con una tasa de 7.14% (Catorce mil al millar).
14En 1608 el rey Felipe III emitió una real cédula por medio de la cual prohibió los contratos de censo y juros al quitar cuya pensión fuera superior al 5%. En 1705, por orden del rey Felipe V, los réditos de los censo se rebajaron al tres por ciento9.
15Este tipo de censo fue tolerado por las autoridades. Los beneficios de este contrato eran similares a los del mutuo10, pero como el préstamo estaba oculto bajo un contrato de compraventa, el carácter usurario no estaba manifiesto11.
El censo enfitéutico
16El censo enfitéutico fue el resultado de la evolución del Ager Vectigalis. En el Derecho Romano, es el derecho especial de propiedad perpetua que poseían las personas abstractas sobre las tierras. Alcalá-Zamora y Cabanellas dicen que en un principio significó el fundo (propiedad inmueble rústica) que arrendaba una ciudad, una corporación religiosa o el Estado, por tiempo ilimitado. En esta clase de arrendamiento el arrendatario pagaba una renta anual a cambio del derecho real que tenía sobre la tierra. En las provincias, el Ager vectigalis era la tierra que estaba sujeta a un contribución inmobiliaria que se llamaba vectigal12.
17Según Wobeser, el censo enfitéutico se basa en la enfiteusis romana que consistía en la trasmisión del dominio útil de un bien raíz, con la reserva del directo, y el derecho de recibir anualmente una pensión o canon, en reconocimiento de señorío13.
18Este tipo de censos, con garantía de bienes raíces rurales, fueron muy escasos a partir de la segunda mitad del siglo XVI14. Para el caso del Reino de Guatemala durante el siglo XVIII solamente hemos encontrado dos referencias en el Archivo General de Centroamérica, AGCA.; para Centroamérica, en el siglo siguiente fue el censo por antonomasia.
19Una referencia es la solicitud de ejecución15 por el atraso en el pago de los intereses de un censo enfitéutico. Juan Antonio de Urzilla, procurador de causas del Ayuntamiento de la ciudad de Guatemala, presentó la escritura del censo sobre un solar, situado en el paraje llamado La Joya, en la jurisdicción de la dicha ciudad, que se vendió a Antonia Martín del Cerro, en 100 pesos a “Censo Enfiteusis”, a favor de los propios de la ciudad. La solicitud de la ejecución se debió al atraso del pago de los intereses, que llegaba a la cantidad de 32 pesos y 4 reales (un retraso de 6 años y 6 meses). La ejecución exigía la enajenación de todos los bienes de la mujer16 para cubrir la deuda.
Censo reservativo
20Desde la perspectiva actual, muchos autores consideran a este censo como arrendamiento de bienes inmuebles17. Sin embargo, hay que tomar en consideración sus características esenciales para saber que no era un simple arrendamiento, tal y como se especula, sino un arrendamiento sui géneris, con una posibilidad real de venta del inmueble.
21De acuerdo con Esquivel Obregón18, el censo reservativo al quitar, o redimible, fue una relación contractual por medio de la cual una persona transfiere a otra una finca con el dominio útil y directo, y se reservaba solamente para sí el derecho de recibir una pensión hasta cuando le fuera pagada la cantidad estipulada en el contrato.
Los censos en el Reino de Guatemala
22Como decíamos, este trabajo es un avance de una investigación mayor y contiene la información que hasta el momento hemos recopilado de varios documentos del AGCA.
23Los censos al redimir y quitar fueron los instrumentos de crédito más comunes que se utilizaron en la Centroamérica colonial para obtener el financiamiento necesario para realizar diversas actividades, productivas o de consumo. A continuación se mencionarán los censos cuya garantía fueron bienes raíces rurales, aptos para la agricultura y/o la actividad pecuaria, que se registraron en el ayuntamiento de la ciudad de Guatemala19.
24Son 37 escrituras de censo registradas ante el escribano de cabildo Alonso Rodríguez, entre el 9 de noviembre de 1618 y el 28 de mayo de 1626, y que fueron emitidas del 8 de junio de 1581 al 26 de mayo de 1626. No es posible identificar, en todos los casos, el tipo de censo.
25Para ilustrar el mecanismo de registro a continuación analizaremos dos, el primero y el último, que corresponden a las escrituras con las fechas mencionadas arriba.
26El primer caso corresponde al censo de 4,000 tostones, cuyo censualista fue el Hospital Real de la ciudad de Guatemala. El encargado de dicho hospital, Fray Andrés López, se presentó ante el escribano del cabildo de dicha ciudad, Alonso Rodríguez el 9 de noviembre de 1618, con la escritura de censo emitida por el escribano público Luis Aceituno de Guzmán, el 8 de junio de 1581. En el registro el escribano de cabildo hizo constar que los censatarios fueron Alonso Martín Calagraño, Elena de Paredes, su mujer, Francisco de Paredes, Antonio de Benavides y Ana López de Urízar, mujer de éste. La garantía estaba constituida por varias propiedades: una estancia, tres casas, una “porción” de tierra sembrada de trigo, un molino y un censo. La estancia había sido de Antonio de Paredes, llamada Coatán. Lindaba con varias estancias situadas en la costa del “mar del sur”. Entre ellas estaba la estancia de Juan Méndez de Sotomayor, Antonio de Almeida, Andrés Martín y la que había sido de Sancho de Barahona. Una casa era de Calagraño y lindaba con un solar de Leonor de Paredes y con la casa de Luis Aceituno, y estaba enfrente del Colegio de Santo Tomás de Aquino. Otra de las casas era de Leonor de Paredes que lindaba con el monasterio de las monjas de la Concepción, con la casa de Juan Hurtado de Mendoza y con la de Antonio de Valderrama. La tercera casa era de Francisco de Paredes, que lindaba con la de Jerónimo de Castellanos y con la de Juan de Dueñas. Las tierras y “la milpa” de trigo eran de Alonso Martín y Francisco de Paredes y lindaban con la milpa del Tesorero y la milpa de Luis Aceituno. El molino era de doña Ana de Paredes, y se encontraba sobre el río de Jocotenango. El censo era de mil pesos de minas de principal, cargado sobre los bienes de Juan de Rojas. Este censo se impuso sobre una estancia que había sido de Sancho de Barahona, y las cuatro estancias de Sebastián Sánchez y Alonso Martínez20.
27Segundo caso. Este registro corresponde a la escritura de censo emitida por el escribano público, Alonso Rodríguez el 26 de mayo de 1626. El censualista era el alguacil mayor de corte, Tomás de Cilieza Velasco, y el censatario Pedro de Yrure. El capital fue 340 tostones y la garantía un obraje de añil, con todo lo conexo, con 18 caballerías de tierra. El obraje estaba en jurisdicción de Guazacapán, entre Nancinta y Pasaco y lindaba con el río de Los Esclavos. El registrador era el mismo escribano Alonso Rodríguez, y dicha escritura fue asentada el 28 de mayo de 162621.
A continuación presentamos los 37 censos que ya se mencionaron, poniendo de manifiesto solamente la fecha de emisión de la escritura, el censualista, la garantía y el lugar donde se encontraba ésta.Tabla N° 1: Los censos y sus garantías
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_ N° _ Fecha escritura _ CENSUALISTA _ GARANTÍA _ LUGAR
11581/06/08 Hospital Real Varias estancias, tres casas, porción de tierra sembrada de trigo, un molino y sobre un censo. Chipilapa y Coatán. Iztapa e Itzcuintepeque
21595/07/22 Dotación del Arcediano Diego de Carbajal Su casa de habitación y cinco sitios de estancia. Dos caballerías de tierra. Amatitlán. Petapa. Mixco.
31597/10/06 Convento de Monjas de esta ciudad. Una casa y tierras y labranza de trigo. Mixco.
41604/04/17 Cofradía del convento de la Concepción. Una casa , un obraje de añil con 3 pilas y 8 caballerías de tierra. Otro obraje de añil con 16 caballerías de tierra. Masagua. Mistlan.
51607/11/12 Francisco de Mesa Un pedazo de tierra de 2 caballerías Petapa.
61608/11/21 Juana de la Cruz Un obraje de tinta, con 2 pilas de remojo y 2 de batir, con 70 caballerías de tierra. Costas de Siquinalá e Iztapa.
71609/06/01 Hijas menores de Esteban de Castro. Labor de trigo y 4 caballerías de tierra con troje y otras 2 caballerías de tierra. Mixco.
81611/01/07 Francisco de Mesa Un obraje de añil con 2 caballerías de tierra y otro obraje con 9 caballerías Guazacapán.
91611/04/26 Cofradía de la Concepción Varias caballerías de tierra con un obraje de añil. Guazacapán.
101611/05/04 Hijas menores de Esteban de Castro. Un obraje de añil y 24 caballerías de tierra y una estancia de ganado mayor Petapa.
111612/11/07 Jerónimo de Aldana Un obraje de añil y 12 caballerías de tierra. Xicalapa
121613/11/12 Catalina de Santa Gertrudis Estancia de Ganado mayor y un obraje de añil y 3 caballerías de tierra en un “potrero de tinta”. Costa de Texcuaco.
131613/11/16 Lucía de Mondragón e Isabel de Angulo. Dos obrajes de añil, con 16 caballerías de tierra. Jurisdicción del pueblo de Siquinalá.
141615/02/03 Ana de San Francisco Una labor de “pan llevar” y 4 caballerías de tierra. Pueblos de Pinula y Mixco.
151616/02/09 Alonso Alvarez de Vega Obraje y medio de añil y 20 caballería de tierra. Un rastro de estancia de ganado mayor, junto al obraje y medio, y el ganado vacuno que contenía. Además, una casa. Yztapa. Barrio de San Sebastián.
161616/03/10 Baltasar Pino de Aberes Una labor y tierras de pan llevar de 7 caballerías. Sumpango. Santiago de Guatemala.
171616/09/20 Convento de monjas de Santa Catalina Una labor de 8 caballerías, 2 caballerías de tierra y otras 2 caballerías que servían de potrero. San Martín Jilotepeque
181617/01/07 Capellanía del Bachiller Espinoza Un obraje y estancia de ganado mayor, con 24 cab. de tierra. Santiago de Guatemala.
191617/01/07 El Bachiller Espinoza Un obraje y 50 caballerías de tierra. ¿?