Ficha n° 2457
Creada: 18 agosto 2010Editada: 18 agosto 2010
Modificada: 18 agosto 2010
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Autor de la ficha:
Christophe BELAUBREPublicado en:
ISSN 1954-3891Nos el Doctor Isidro Sicilia Arce-Dean de esta Santa Metropolitana Yglesia, Provisor, Gobernador y Vicario capitular de este Arzobispado.
- Autor:
- Isidro Sicilia
- Fecha:
- 1810-05-23
- Texto íntegral:
-
1Hacemos saber à los Padres Curas, y sus Ministros Coadjutores, que han llegado noticias, que aseguran que los Franceses han entrado en la Andalucia, y que el Rey intruso ha mandado emisarios, que engañen, seduscan, y atraigan á su dominacion à los habitadores de las Americas; destinando quatro de ellos para este Reino.
2 Si por este estado de cosas, llegaran estos reynos à caer en poder de nuestros enemigos; la religion, las costumbres, las familias, los caudales, y los vecinos padecerian una espantosa ruina. La religion ; por que se veria arrojado por los suelos, y pisado el Santisimo Sacramento: las vestiduras y vasos sagrados profanados con indecencias è inmundicias: las Ymagenes destrozadas : los templos convertidos en caballerizas, ò quarteles: y nuestros misterios mirados con irrision, y como delirios; y por consiguiente abolidos los Sacramentos, ò dificultada su recepcion. Las costumbres; por que nos harian imitar las suyas, que son de irreligiosos, ateistas, ó materialistas. Las famílias; por que las mugeres casadas, las viudas, las doncellas, y aun las virgenes consagradas à Dios padecerian la violencia, é iniquo estupro. Los caudales; por que, ò serian del todo robados, ó contribuirian con pensiones exorbitantes. Los vecinos; por que con ignominia serian conducidos à pelear en tierras extrañas, ò contra sus mismos hermanos. No es temeridad pensar de esta manera ; por que esto han padecido los pueblos, que han subyugado en la Peninsula.
3 Para no llegar pues à tan lamentable estado, debemos con tiempo tomar las precauciones oportunas. Las que son propiás de los Eclesiasticos son la oracion, y la predicacion. Ahora pues es quando ( usan de las expresiones del Profeta Joel) deben los ministros del Señor mantenerse entre el Atrio, y el Altar derramando lagrimas, y diciendole à Dios, perdona, Señor, perdona à tu pueblo; no lo entregues al oprobrio de que lo domine otra nacion. Pero no deben contentarse con esto; han de exitar, convidar, y rogar à sus pueblos à que unan sus oraciones con las suyas, disponiendo rogaciones publicas, y ofreciendo Sacrificios.
4 Ahora es quando ya en conversaciones privadas, ya en sermones publicos deben imponer á sus feligreses en el peligro que les amenaza,y males que les esperan si caen en las garras de los lobos que los persiguen; previniendoles, para que no los sorprendan, que estos se disfrazan con piel de corderos; que para que no los teman, acarician, prometen respectar la religion, no tocar los caudales, y hacer felices à los que se les cometan; pero que todo es ardid, es engaño, y mentira: que en haciendose dueños de la presa, nada cumplen, y convierten en esclavos à los que seducen. Estas instrucciones, no solo à los adultos, tambien à los niños, quando se catequizan, deben darseles; para que criandose con estos avisos, conciban horror de nuestros enemigos.
5 Ahora es quando debe persuadirse à los pueblos, que esten en atalaya, observando las acciones y palabras de las personas, sean hombres, ó mugeres, que vengan de otras partes, ò se mantengan en ellos: tirando á descubrir si son espias, emisarios de Bonaparte; ó de sus adictos; ò de otro modo traidores: no fiandose de que los forasteros lleguen en trage de arrieros, de mendigos, ò de enfermos: por que las astucias de nuestros enemigos son muchas. Ponderandoles al mismo tiempo la estrecha obligacion que tienen de denunciar á los que descubrieron à los Juezes Reales, sin exepcion de personas: y advirtiendoles que este superior Gobierno en su bando de 15 del corriente promete el premio de quinientos pesos al que denunciare algun espia, ò emisario: ò diere luz de manejos; ò conversaciones por donde descubrirlo; asegurando que se le aumentará conforme à la entidad del descubrimiento: pero cominando al que con prontitud y secreto no lo hiciere con que será tratado y castigado como complice en el delito. Los Eclesiasticos son los que por su talento,y discrecion pueden hacer mejor este descubrimiento: por lo que conviene que esten vigilantes sobre lo dicho.
6 Aunque no dudamos de la religiosidad, zelo, y patriotismo de los Curas y sus Ministros que nuestras insinuaciones serian bastantes para que cada uno practique estas diligensias; pero deseando cumplir con nuestra obligacion, los mandamos que luego que reciban este edicto, y despues de prevenidos, y exortados los feligreses á la asistencia, y procurando que no falte la de los niños, que con su inocencia mueven mas á Dios; hagan tres dias de rogacion publica: en los quales se saldrá de la Yglesia en procesion, cantandose por el contorno de la plaza las letanias de los Santos, y las preces pro quacumque necessitate; las que concluidas, se cantarà la Misa con la solemnidad posible, aplicandose por los fines de la rogacion: y se hará al pueblo una platica sobre los puntos de que hemos hablado.
7 Y para que esta se haga con mayor fervor, damos facultad para que se esponga en la Misa el Santisimo Sacramento; y para que esté expuesto todo el dia, si para ello,y sin gravamen, hay la decencia necesaria: encargando á los curas, que en tal caso, procuren, que succediendose unos á otros los feligreses, tenga su Magestad bastante numero de adoradores, que à coros, y en voz alta esten resando el Rosario con el fin de alcanzar de Dios una completa victoria de nuestros enemigos, y la restitucion à su trono de nuestro amable Soberano y Real familia. Y para que las especias se impriman mas y mas, tendrán cuidado los Curas y Ministros de tocar en lo succesivo alguno de dichos puntos en los dias que están obligados à predicar.
8 Es muy debido que las comunidades Religiosas, asi de hombres, como de mugeres concurran à tan santos fines: por lo que à las Preladas de las de nuestras Jurisdiccion mandamos; y à los que gobiernan las que no son, rogamos y exortamos, que practiquen semejante rogacion, dandoles facultad para la indicada exposicion. Y para que llegue esto à noticia de todos, se circulará el presente edicto.
9 Dado en la Nueva Guatemala, à veinte y tres de Mayo de mil ochocientos diez. Isidro Sicilia