Ficha n° 3177
Creada: 19 octubre 2012Editada: 19 octubre 2012
Modificada: 19 octubre 2012
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Autor de la ficha:
Rodolfo HERNANDEZ MENDEZPublicado en:
ISSN 1954-3891«Cédula real para que se le envíen a Su Majestad algunos animales feroces para su entretenimiento»
- Palabras claves :
- Real cédula, Animales, Fieras.
- Autor:
- Felipe IV, rey de España.
- Ubicación:
- Archivo General de Centroamérica
- Fecha:
- 1632-06-02
- Paginas:
- fols. 82v.-83
- Texto íntegral:
-
1«EL REY. Don Diego de Acuña, mi gobernador y capitán general de la provincia de Guatemala y Presidente de mi Audiencia real de ella entre otras cosas que para la diversión del ánimo y ocupar los ratos que puedo dar al tiempo después de haber asistido a la continua ocupación y despacho de tantos negocios como dependen del gobierno de esta monarquía, deseo tener en parte distinta y separada un circo donde estén encerrados algunos de los animales feroces que naturaleza cría, como son leones, tigres, osos y sus semejantes; y habiendo hecho traer para este efecto de los reinos extranjeros los que en ellos se hallan, he requerido se haga lo mismo de los que en esa provincia nacen y se crían; y así os encargo que luego os informéis de la diversidad de animales feroces que hubiere en todo el distrito de vuestro gobierno, y que con la mayor maña y destreza que se pudiere se procuren encerrar dos de cada género y me los enviéis en la primera ocasión que se ofrezca, con relación de cómo se crían y sustentan; encargándolos a personas que con todo cuidado y diligencia me los traiga; que en ello me haréis servicio, de Madrid a dos de junio de mil y seiscientos y treinta y dos. Yo El Rey. Por mandado del Rey nuestro señor, don Fernando Ruiz de Contreras. Y a las espaldas de la real cédula están cinco rúbricas, señales de firmas.
2[al margen:] Obedecimiento.
En Guatemala en veinte y dos de agosto de mil y seiscientos y treinta y tres años. Su señoría del señor don Diego de Acuña, caballero de la Orden de Alcántara, Presidente de esta real audiencia, Gobernador y Capitán General en su distrito. Habiéndola visto, oído y entendido la real cédula de esta otra parte contenida, para ante mí Andrés de Escobar, escribano de cámara de la dicha real audiencia y mayor de la gobernación en el distrito della, la tomó en sus manos, besó y puso sobre su cabeza, tenién- [fol. 83] dola descubierta, y dijo que la obedecía y obedeció con el acatamiento debido, y que se hará y cumplirá lo que Su Majestad por ella manda. Y para que tenga cumplido efecto mandaba y mandó se despachen los recaudos necesarios, inserta esta dicha real cédula, para que los gobernadores, alcaldes mayores, corregidores del distrito de esta real audiencia, cada uno en su jurisdicción, hagan las diligencias y prevenciones necesarias para que se cojan, prendan y enlacen los animales que en ella se refieren, y los de más feroces que hubiere en sus distritos y jurisdicciones, de cada género dos, y los remitan a esta ciudad para que su señoría lo haga lo haga a los dichos reinos de España. Que el gasto que se hubiere en cogerlos y remitirlos, por las dichas justicias, su señoría lo mandará pagar luego que sean traídos. Lo cual hagan con el cuidado y diligencia que conviene, como cosa que importa al gusto y servicio de Su Majestad. Y así lo proveyó, mandó y firmó don Diego de Acuña, ante mí Andrés de Escobar.3Concuerda con la real cédula y su obedecimiento, de que se ha hecho mención, que original se volvió al oficio del secretario Andrés de Escobar, mi compañero, con la que se corrigió y concertó, a que me refiero.»
- Fuentes :
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AGCA., A1.23, Leg. 4577, Exp. 39530, fols. 82v.-83