Ficha n° 4243
Creada: 23 abril 2016Editada: 23 abril 2016
Modificada: 23 abril 2016
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Autor de la ficha:
Rodolfo HERNANDEZ MENDEZPublicado en:
ISSN 1954-3891Solicitud y concesión de licencia para renuncia de Legítima
- Palabras claves :
- Renuncia, Legítima, Orden, Dominicos, Novicio
- Autor:
- Fray Gregorio de Salazar
- Fecha:
- 1624-05-11
- Texto íntegral:
-
1
Solicitud
2En el Convento de Santo Domingo, fray Gregorio de Salazar, fraile novicio próximo a profesar expuso que como está determinado a profesar en la Orden de Santo Domingo, “ y porque según conciencia estoy obligado [folio 336] a renunciar la parte de bienes que puedo heredar de mis padres u otros cualesquier que me pertenezcan, o pueden pertenecer, en cualquier vía, forma y modo y disponer de ellos como viere y me pareciere, que más conviene al descargo de mi conciencia y por estar como estoy en los dos últimos meses del año de noviciado, que es en el tiempo que conforme al Santo Concilio de Trento lo puedo hacer, he pedido licencia para ello al juez ordinario y provisor de este Obispado, y se me dio y concedió [...] usando de la dicha licencia, haciendo lo que al tiempo de mi fin y muerte pudiera hacer, estando como estoy para ello puesto en mi libertad y sin apremio ni fuerza alguna que se me halla hecho por ninguna persona, modo ni manera alguna de mi libre y espontánea voluntad, otorgo y conozco por esta presente carta que en la vía y forma que mejor haya lugar de derecho, hago y ordeno mi testamento y renunciación de legítimas, materna y paterna y de otros cualesquier bienes que de mis padres pudiere heredar, o de otras personas, en la forma y manera siguiente”:
—Primero, que de todos los bienes que le pudieran pertenecer se hicieran tres partes iguales, una “para que la haya y goce el Convento de Santo Domingo donde estoy y disponga de ella como de cosa suya propia.”
—La segunda parte se diera a renta sobre “buenas y seguras posesiones” y que de los intereses se alimentara y vistiera su hermana Violante de Jesús, mientras viviera; y cuando muriera se instituyera una capellanía en el Convento de Santo Domingo, con el número de misas que pudieran pagarse con la cantidad que fuera, por las almas de sus padres, de él y de quien él tuviera obligación.
—Su padre, Juan de Salazar, tendría a su disposición la tercera parte haciendo renunciación y traspaso de todo para que la gozara como le pareciera y conviniera, según el Derecho.
[folio 337] Gregorio hizo énfasis en que esta escritura era irrevocable y que renunciaba a sus legítimas (herencias) y bienes, e hizo gracia y donación “pura, perfecta, irrevocable” en el Convento, su padre y su hermana, y la dio por “insinuada y aceptada” . Además pidió que los alcaldes ordinarios, o cualquier otro juez de la ciudad de Santiago, la admitieran y la dieran por aceptada e interpusieran en el contenido su autoridad y decreto judicial, que de Derecho hubiera lugar para que valga, que no iba a pedir “relajación” en ningún tiempo y lugar.
Declaró que era mayor de 16 años y menor de 25. Juró por Dios y una señal de la Cruz, en forma de Derecho de tener, guardar y cumplir esta escritura.
Testigos: “llamados y rogados”, Francisco de Mesa, Lázaro Recino, Juan Moreno, Martín de Autillo, José de Nievas y Jacinto Escobar.
Firmas: Fray Gregorio de Salazar y el escribano público Caviedes.
Derechos: fuera de su casa y oficina, 8 reales.Licencia
3“El doctor don Rodrigo de Villegas, tesorero de la Santa Iglesia Catedral de esta ciudad, Juez Provisor oficial y Vicario de este Obispado, por él y nuestro señor maestro don fray Juan de Sandoval y Zapata, de la Orden de San Agustín, por la divina gracia Obispo de este obispado de Guatemala y Verapaz, del Consejo de Su Majestad. Por cuanto por petición que ante mí se presentó, por parte de fray Gregorio de Salazar, religioso, novicio de la Orden del Señor Santo Domingo de esta ciudad, me hizo relación diciendo que para servicio de Dios, nuestro señor, él quería profesar en la dicha Orden y que atento a estar en los últimos días de los dos meses postreros del año de noviciado, pretendía disponer de la legítima que le pertenecía, paterna y materna, y de los demás bienes que en cualquier manera pueda suceder, y me pidió y suplicó le mandase conceder licencia para poder disponer de lo susodicho y pidió justicia. Y por mí visto, mandé dar y di la presente, por la cual doy licencia al dicho fray Gregorio de Salazar para que en conformidad de lo dispuesto por el Santo Concilio Tridentino, pueda hacer renunciación de sus legítimas, paterna y materna, y de otros cualesquiera bienes, que en cualquier manera le puedan pertenecer y pertenezcan, sobre lo cual pueda otorgar su testamento y escritura pública de renunciación, con todas las fuerzas, declaraciones y cláusulas que quisiere y por bien hubiere, y que para ser válidas convengan y la licencia que es necesaria, le da y le pone en su libertad para ello. Hecha en Guatemala …
4 El Dr. don Rodrigo de Villegas
5Por mandato del Procurador y vicario
6Francisco de Vallejo
7Notario público”
- Fuentes :
-
Solicitud: AGCA., A1.20, Leg. 583, Exp. 9076, folios 334 v. – 338 v., 11 de mayo de 1624
Licencia: AGCA., A1.20, Leg. 583, Exp. 9076, folio 335. Santiago de Guatemala, 11 de mayo de 1624.